lunes, 17 de mayo de 2010

LIMITACIONES DEL SILOGISMO JUDICIAL

Todos conocemos el silogismo judicial, con ejemplos como el siguiente:


Silogismo Judicial-versión simple



¿Qué defectos tiene este esquema?



Escasez de información relevante. El primero es que la corrección lógica se alcanza con muy poca información y esto debilita la conclusión. Por ejemplo, a pesar de la corrección lógica del ejemplo de Pedro y Juan, sólo sabemos que son hombres porque se utilizan sustantivos masculinos, no sabemos más, tampoco de las otras circunstancias; por ejemplo qué relación tenían, qué medios fueron empleados o cuándo ocurrió el delito, aún así la conclusión es formalmente válida.

Un ejemplo que graficará cómo la corrección lógica se puede alcanzar con poca información es la siguiente expresión:


Juan mató a Pedro entonces Juan es culpable de haber matado a Pedro


La mayoría considera que la expresión no es un buen argumento, lamentablemente conforme a la lógica es un argumento válido, pues responde a la estructura de una tautológica o del principio de identidad a = a.

Imposibilidad de agregar información relevante. Ante la necesidad de exigir más información, surge usualmente la respuesta de que es posible agregar más premisas, pero en realidad esto es imposible de hacer porque no toda la información relevante puede ser convertida a premisas lógicas. Por ejemplo en el código penal peruano se considera que si el hijo quita la vida al padre, el homicida merece una pena severa; bastaría con comprobar que Pedro es padre de Juan para determinar que el ejemplo A es incorrecto. Entonces para alcanzar la corrección lógica deberíamos incorporar toda la información relevante para asegurarnos que la conclusión es aceptable:




                                  Silogismo Judicial-versión son premisas adicionales



Este ejercicio es engañoso, porque en realidad es imposible incorporar toda la información adicional a cualquier silogismo que pretenda ser un argumento concluyente en un debate judicial, por las siguientes razones :

a) No se pueden incorporar premisas que contengan estados de creencias. Las premisas de un razonamiento lógico deben ser verdaderas o falsas, pero en la vida real mucha información no es concluyente y las personas muestran grados de certeza con expresiones del tipo “Nos pareció que Juan estaba disparando a Pedro”, “alguien que se parecía a Juan estaba disparando” , “alguien vestido con pantalón tal vez negro y camisa algo blanca, de estatura mediana y algo delgado disparó a Pedro”, “supongo que fue de este modo y no de otro”, “me parece haberlo visto”, “es posible que hubiera estado en ese lugar”, “ fue él pero no estoy tan seguro”,. Estas expresiones no pueden ingresar a un silogismo.

b) Tampoco son necesarias para la corrección lógica las expresiones sobre el tiempo; los ejemplos de la columna A y B, concluyen sin importar cuándo ocurrió el hecho.

c) No ingresan a un esquema silogístico las preguntas, cuestionamientos. ¿Está usted seguro de haber visto a Juan?, ¿Juan tenía alguna razón para cometer el acto? ¿Es toda la evidencia disponible?;

d) Mucha información relevante puede estar en conflicto, de modo que aparecerán como premisas contradictoras.

El razonamiento deductivo es injusto con la parte contraria. Por lo general las objeciones o refutaciones que puedan existir a la información que empleamos no son tomadas en cuenta para lograr la corrección lógica. La recomendación que sugiere que un silogismo puede ser mejorado incrementando premisas, lo único que hace es ayudarnos a tratar de corregir un punto de vista, no examinar un punto de vista frente a otro contrario, como veremos en el ejemplo siguiente.

Estas limitaciones, como advertimos, han llevado a buscar modelos que permitan representar toda la información necesaria en un argumento que busque ser el soporte de una decisión práctica . Ahora analizaremos un ejemplo de cómo en la práctica se hacen malabares para incorporar información en un silogismo.

Un error lógico usual entre los juristas: el examen unilateral

El profesor español García Figueroa cree que los razonamientos judiciales deben tener la forma de un silogismo jurídico y sabe que muchas veces hay que adicionar información, pero en el ejemplo que él propone se muestra la dificultad para hacerlo en términos de la lógica deductiva.

Primero formula el siguiente problema: Una norma establece

                                          "Prohibido entrar a la estación con perros”.


Luego, alguien entra a la estación con un oso.

Para lograr concluir que para ese caso también está prohibido entrar a la estación con osos, recomienda hacer un silogismo con varias premisas.




Luego de hacer la representación simbólica de este argumento afirma:

“Es claro que con estas y otras premisas adicionales, podemos justificar la conclusión, que califica como prohibida la conducta de A de introducir un oso en la estación Z”

Lamentablemente, el maestro García Figueroa no se ha dado cuenta que el razonamiento que ha mostrado el esquema lógico carece aún de evidencias.

Podemos hacernos estas preguntas

¿En qué se funda la creencia de que el oso es salvaje? Podría ser que esté domesticado,

o que sea muy pequeño.

¿En qué se funda la afirmación de que sea peligroso? Puede ser que esté enjaulado, dormido, enfermo o su tamaño no cause molestias.

¿Podrían existir circunstancias determinantes que permitan llevar al oso? Por ejemplo un panda enfermo y que no haya otro medio para llevarlo, pues es una emergencia. Es de madrugada y no hay gente.

Para adicionar esta información puede haber expresiones como ésta: ”me parece peligroso su oso”, ”si bien es pequeño puede ensuciar el lugar”, ”creo que el bozal no es suficiente”, “la jaula me parece muy grande”, etc., información debatible que no puede ingresar como premisas.

Tal vez, el razonamiento expuesto presuponga que existen ciertas condiciones desfavorables: el oso mide 1.90 mts. y estaba despierto, pero aun así eso no lo califica de salvaje.

Lo que ocurre es que se extraña la hipótesis que sustente la conclusión contraria:

“Entrar con este oso no está prohibido”,

En ningún momento se detiene ha examinar la postura de, quien pudiera alegar algo a favor de que ingrese el oso, solamente trata de reformar un punto de vista.

Esto es muy fácil de explicar. Los juristas apegados a la tradición del modelo inquisitivo procesal, cuando plantean el uso del silogismo lo hacen para diseñar un modelo del razonamiento que debe hacer el Juez, luego de cualquier debate. El debate no aparecerá como instancia del razonamiento, basta examinar los manuales desde Beccaria hasta Engish, Larenz, Atienza y otros.

En el nuevo modelo el debate es el motor de la información y la racionalidad. No nos basta con atender a un punto de vista sustentado magníficamente, debemos también atender a las dudas sobre ese punto de vista, o si existe un punto de vista contrario, ser justo con él y darle la oportunidad de defenderse. Por ello el modelo de Toulmin y el modelo de la argumentación presuntiva permiten superar estas limitaciones del silogismo, su unilateralidad e incapacidad de incorporar información que no es ni verdadera ni falsa, tan solo plausible.

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